La Comisión de Bolsa y Valores (SEC) define a un inversor acreditado según el Reglamento D de la Ley de Valores de 1933. Una persona se considera "acreditada" si cumple uno de los siguientes criterios:
El individuo ha tenido un ingreso anual de al menos $200,000 en cada uno de los últimos dos años, o $300,000 junto con su cónyuge, y espera mantener el mismo nivel de ingresos en el año actual.
El individuo tiene un patrimonio neto de al menos $1 millón, excluyendo el valor de su residencia principal.